Pocos días después de asumido el nuevo directorio del Banco Central de la República Argentina se emitió la Comunicación “A” 7917 en que se estableció: “Podrán pagar a los 30 días corridos desde su registro de ingreso aduanero productos farmacéuticos y/o insumos utilizados en la elaboración local de los mismos; y otros bienes relacionados con la atención de la salud”.

La comunicación había generado la preocupación de muchísimos pacientes del país que comenzaron a notar dificultades en el acceso.

Tras pedidos de reuniones de diferentes organizaciones y participación en movilizaciones, el Banco Central ayer presentó la Comunicación 7945 con algunas adecuaciones.

En la misma se determina: “Incorporar como punto 3.x de la Comunicación “A” 7917, entre las excepciones a lo previsto en los artículos 1.3 y 1.4, de la mencionada Comunicación, al siguiente:

3.x Se trata de pagos de importaciones de bienes cursados por una persona humana o jurídica para la provisión de un medicamento crítico cuyo registro de ingreso aduanero se concreta mediante solicitud particular.

 

Convocatoria frente al Congreso de la Nación

Convocatoria frente al Congreso de la Nación

 

La comunicación se puede descargar haciendo clic aquí.